En primer lugar, empezaremos explicando que el sistema educativo español lo contemplan dos leyes muy importantes: LOMCE y LOE. Estas leyes son la base que todos los españoles debemos cumplir por lo que respecta a educación. Pero, en función de la organización territorial en la que se encuentra España (Comunidades Autónomas) cada comunidad puede acoplar esas leyes fundamentales a su situación (más conocido como DECRETOS).
El decreto de la Comunidad Valenciana se llama ROF.
Por lo tanto, la estructuración de los cargos educativos de un colegio dependerán sus posibilidades del decreto de la Comunidad Valenciana.
Estructura organizativa del centro escolar.
Esta estructura corresponde al consejo escolar de cualquier centro educativo. Ahora nos centraremos en cada uno y veremos que funciones pueden alcanzar.
- DIRECTOR. Es la persona con más poder del centro.
- Dirigir y coordinar todas las actividades del centro.
- Ostentar la representación del centro.
- Impulsar planes para conseguir los objetivos propuestos por el centro.
- Garantizar el cumplimiento de las leyes.
- Favorecer una buena convivencia entre todos los integrantes del centro e impulsar evaluaciones (tanto internas como externas) para evaluar las condiciones en las que se encuentra el centro.
- Aprobar la programación general del centro.
- Confeccionar los horarios académicos.
- Organizar los actos académicos.
- Buscar el óptimo aprovechamiento de todos los recursos del centro.
- Organizar la participación del alumnado en actividades.
- Organizar el cuidado de los alumnos en actividades no lectivas.
- Ordenar el régimen administrativo del centro.
- Gestionar los materiales del centro.
- Custodiar los archivos del centro.
- Realizar el inventario del centro.
- Expedir las certificaciones que requieren las autoridades.
- Formular propuestas para elaboraciones de proyectos.
- Fijar los criterios referentes a todo lo que concierne a los alumnos.
- Elegir representantes en el Consejo Escolar.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro.
- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos del posible director.
- Evaluar los proyectos y normas a los que se refiere la ley educativa vigente en ese momento.
- Evaluar la programación del centro.
- Conocer las candidaturas a la dirección.
- Conocer la resolución de conflictos y mirar si están sujetos a la normativa.
- Proponer medidas para favorecer una mejor convivencia en el centro.
- Llevar a cabo el plan de accion tutorial.
- Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos.
- Facilitar la integración de los alumnos.
- Atender a los alumnos en actividades no lectivas.
- Informar a los padres la evolución de sus hijos.
- Agrupar a los profesores que impartan docencia en el mismo ciclo.
- Desempeñar sus funciones bajo la supervisión del jefe de estudios.
- Debe haber un coordinar que pertenezca al mismo ciclo que los demás profesores.
- Analizar el contexto cultural y sociolingüíistico del centro.
- Elaborar la propuesta de orientación educativa.
- Promover las actividades del perfeccionamiento del profesorado.
- Coordinar las actividades de orientación dirigidas al alumnado.
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